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Qué exige el PPWR a un packaging de cosmética y perfumería, y desde cuándo

El PPWR (Reglamento UE 2025/40) es la norma europea que fija cómo debe diseñarse y documentarse un envase, incluido el de cosmética y perfumería, para venderse en la Unión Europea. Se aplica desde el 12 de agosto de 2026 en dos capas: la documentación de conformidad de cada envase, exigible desde esa fecha, y las exigencias de diseño (grados de reciclabilidad y contenido mínimo reciclado), que llegan a partir de 2030.

Una norma con más de una fecha

El PPWR tiene tres momentos distintos. Conocerlos con precisión es lo que permite planificar el rediseño del packaging de cosmética y perfumería con margen, en vez de a última hora. El primero ya está fijado en el Diario Oficial: el reglamento entró en vigor en febrero de 2025 y se aplica de forma general desde el 12 de agosto de 2026. Desde ese día, cada envase debe respetar el límite de metales pesados (plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente) que ya fijaba la normativa anterior, y el envase en contacto con alimentos, además, un límite de PFAS. Ese segundo límite queda fuera del envase de una crema o un perfume y alcanza al de un aroma alimentario, que se considera alimento: en una casa de fragancias que también produce aromas para alimentación, ese envase ya está sujeto al límite de PFAS.

El segundo: antes del 1 de enero de 2028, la Comisión debe adoptar el acto delegado con la metodología para calcular el grado de reciclabilidad de cada envase, en una escala de la A a la E. El tercero depende del segundo, porque el reglamento aplica la exigencia de grado desde el 1 de enero de 2030 o 24 meses después de que ese acto entre en vigor, la fecha que llegue más tarde. Con el acto todavía pendiente, 2030 funciona como fecha mínima. Tratar estos tres momentos como si tuvieran el mismo grado de certeza es lo que lleva a decisiones mal calibradas, por exceso de urgencia o por exceso de calma.

Lo que ya se exige desde agosto de 2026

Desde el 12 de agosto de 2026, cada tipo de envase necesita una evaluación de conformidad, una documentación técnica que la respalde y una declaración UE de conformidad firmada antes de llegar al mercado. Esa responsabilidad corresponde al fabricante legal del envase, y en cosmética y perfumería ese papel suele recaer en la marca: quien vende el producto envasado con su nombre o su marca registrada es el fabricante, aunque el frasco lo produzca un proveedor de envase y el llenado lo haga un laboratorio a terceros. El proveedor está obligado a entregarle la información y la documentación técnica necesarias para demostrar el cumplimiento, y una sola declaración puede cubrir el envase completo, con frasco, tapón y etiqueta. Cada envase debe poder vincularse además a su fabricante y a su declaración; para el stock producido antes de esa fecha sin el marcado requerido, ese vínculo puede hacerse mediante documentación o información digital.

Ese expediente aporta valor más allá de la propia declaración. Reunir por cada referencia el material, los componentes y los datos del proveedor permite atender con rapidez una solicitud de la autoridad, y responder igual de rápido a un retailer o a un cliente B2B. Es también la información de partida del diagnóstico de reciclabilidad de 2030, de la tarifa de residuos que en varios países ya se calcula según el material y de cualquier claim de reciclabilidad que la marca quiera comunicar con respaldo.

Dos matices cambian quién asume cada obligación. El primero afecta a las microempresas (menos de diez empleados y hasta dos millones de euros de facturación o balance): si compran el envase a un proveedor establecido en la UE, las obligaciones de conformidad pasan a ese proveedor, y si además está en el mismo país, el reglamento lo considera directamente el fabricante. El segundo separa dos papeles que a menudo se confunden. El fabricante responde de la conformidad del envase, y el productor, de la responsabilidad ampliada del productor (registro y tarifa de residuos), un papel que se evalúa país por país según el tipo de envase y la ruta de venta.

Lo que cambia de verdad desde 2030

A partir de 2030 entran en vigor las dos exigencias que más condicionan el diseño físico del envase. La primera es la propia escala de reciclabilidad: solo se permiten los grados A, B y, de forma temporal hasta 2038, el grado C; los grados D y E quedan directamente prohibidos. La segunda es el contenido mínimo de plástico reciclado exigido por tipo de envase: 30% en PET de contacto sensible, 10% en el resto de plásticos de contacto sensible y 35% en el resto del envase plástico. Además, desde la misma fecha, el 40% del envase de transporte debe ser reutilizable.

Prepararse con tiempo es lo que permite negociar mejores condiciones de proveedor, en vez de adaptarse deprisa cuando la fecha ya esté encima. Adaptar un packaging existente suele llevar entre nueve y dieciocho meses en total, contando el trabajo con proveedor y la transición de stock. Un packaging estructural nuevo puede llevar hasta dos años, por la validación adicional que exige un formato distinto.

Anticiparse da margen para decidir con calma

Cada exigencia del PPWR fija una fecha de llegada, y saber cuál es cada una permite planificar con margen. El tramo actual es el del diagnóstico: identificar qué referencias del portfolio, sea cosmética o perfumería, tendrían hoy un grado D o E con la información disponible. Los siguientes tramos son los de decidir formato y proveedor, validar el nuevo envase, y producir y sustituir el stock antiguo. Empezar por el diagnóstico, y no por la producción, es lo que convierte la transición en un proceso planificado con tiempo suficiente para cada paso.

Anticiparse al PPWR es una decisión estratégica, no una reacción de última hora.

Blomon traduce el calendario en una hoja de ruta concreta para cada referencia de cosmética y perfumería, cuidando cada detalle: qué fecha ya está fijada en el Diario Oficial y qué plazo todavía puede moverse, para decidir el rediseño con el margen completo que da 2030.

Los temas que más nos preguntan

¿El PPWR ya obliga hoy a cambiar el packaging de cosmética o perfumería?

El diseño físico del envase tiene margen hasta 2030, cuando llegan los grados de reciclabilidad y el contenido mínimo reciclado. La documentación ya es exigible: desde agosto de 2026, cada tipo de envase necesita una declaración UE de conformidad, respaldada por su documentación técnica y firmada por el fabricante legal, que en la mayoría de marcas de cosmética y perfumería es la propia marca. El margen hasta 2030 es tiempo real para decidir el rediseño con calma y negociar mejores condiciones con el proveedor.

¿Quién firma la declaración de conformidad si el envase lo fabrica un proveedor y el producto lo llena un laboratorio?

Normalmente, la marca que vende el producto con su nombre. El proveedor de envase y el laboratorio aportan la información y la documentación técnica, y la marca la integra en una declaración por tipo de envase. Las microempresas que compran a un proveedor establecido en la UE siguen una regla propia, que traslada esas obligaciones al proveedor.

¿Es definitiva la fecha de 2030?

Funciona como fecha mínima. El reglamento aplica la exigencia de grado de reciclabilidad desde el 1 de enero de 2030 o 24 meses después de que entre en vigor el acto delegado con la metodología, la fecha que llegue más tarde, y ese acto sigue pendiente. El diagnóstico de portfolio hecho ahora con los criterios de diseño para el reciclaje ya disponibles es útil en cualquiera de los dos escenarios.

¿Cómo puedo saber el grado de reciclabilidad de un envase antes de que la metodología del PPWR quede cerrada?

Es una situación habitual mientras los actos delegados no estén cerrados. No impide empezar: revisar el material, la estructura y el proveedor de cada referencia con los criterios de diseño para el reciclaje ya usados en varios sistemas europeos da una estimación fiable desde ahora, exista o no la metodología final publicada.

¿Cuánto tiempo hay que reservar para adaptar un packaging existente?

Entre nueve y dieciocho meses en total para un formato existente, y hasta dos años para un packaging estructural nuevo, contando en ambos casos el trabajo con proveedor y la transición de stock.

Empezar hoy el diagnóstico da a tu marca el margen necesario para hacer las cosas con el menor impacto y el mayor beneficio.

Blomon traduce este calendario en una hoja de ruta de packaging concreta dentro de Proyectos ESG.